Venezuela: 6 días hábiles no eran suficientes para la implementación del IGTF aún si el software de las máquinas no hubiese fallado

El directivo de la Cámara de Comercio e Industria del Municipio Caroní del estado Bolívar, Camilo London, señaló que la primera semana de aplicación del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) estuvo signada por la falta de información.

Asimismo, indicó en el programa «A Tiempo», transmitido por Unión Radio, que las máquinas fiscales deben ser adaptadas a ese cambio, dado que las empresas no tenían aún el software para este nuevo tributo.

Sostuvo que este es un impuesto que nunca fue a las grandes transacciones financieras y ahora aplicará a personas naturales y jurídicas que realicen el pago en divisas en un establecimiento nombrado como Sujeto Pasivo Especial (SPE).

Cabe destacar que en la ley no hay una referencia mínima para el cobro del impuesto y seis días hábiles no eran suficientes para la implementación, «aún si el software no hubiese fallado».

El IGTF aplicará también a la persona natural y a la persona jurídica que sin ser un Sujeto Pasivo Especial realice el pago en divisa.

«Desde un céntimo que pagues en divisa ya obligaría a ese establecimiento a cobrarle al cliente un 3% sobre esa transacción», precisó.

Recientemente, el especialista comentó que las obligaciones dispuestas para los Sujetos Pasivos Especiales como agentes de percepción del IGTF supone cambios en su rutina administrativa, inversión tecnológica y de Recursos Humanos, que exige tiempo, recursos, una adecuada planificación y su ejecutoria.

Otros de los afectados con la reforma, en cuanto a la necesidad de adecuación de sistemas y procedimientos, fueron los bancos que fungen como agentes de percepción del IGTF en las operaciones que se realizan en divisas dentro del sistema nacional.

Manifestó que no se requería mayor esfuerzo para predecir que el tiempo dado para las adecuaciones de los SPE, la banca y la propia administración tributaria, de solo 6 días hábiles, sería muy poco para semejante empresa colectiva.

El pasado 27 de marzo, entró en vigencia la reforma de la Ley del IGTF y el 28, el régimen de percepción dictado por el Seniat, con muchas empresas sin haber podido hacer oportunamente los cambios en sus sistemas de facturación para refleja el impuesto.

Explicó que la solicitud de prórroga de aplicación del régimen de percepción realizada por Consecoercio y Asociación Venezolana de Derecho Tributario, entre otros, no fue ni entendido, ni atendido oportunamente por las autoridades gubernamentales.

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Fuente: FinanzasDigital